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Artículos
| Disposiciones | Anexo
| 13027 |
REAL DECRETO 829/2003, de 27 de
junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de la
Educación Infantil. |
Según
establece la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad
de la Educación, en su artículo 8.2, corresponde al Gobierno
fijar las enseñanzas comunes, que son los elementos básicos
del currículo, en cuanto a los objetivos, contenidos y criterios
de evaluación. La fijación de estas enseñanzas es,
en todo caso y por su propia naturaleza, competencia exclusiva del Estado,
de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su disposición
adicional primera.2.c), y a tenor de la disposición final tercera.2
de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la
Educación.
La finalidad de estas enseñanzas
comunes, y razón de ser de la competencia que corresponde en exclusiva
al Estado para fijarlas, es garantizar una formación común
a todos los alumnos dentro del sistema educativo español, como
se expresa en el artículo 8.2 de la referida Ley Orgánica
10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.
Para asegurar el logro de esta finalidad,
las enseñanzas comunes han de quedar incluidas, en sus propios
términos, en el currículo que cada una de las Administraciones
educativas establezca para su respectivo territorio.
A estas exigencias, impuestas por la propia
finalidad de las enseñanzas comunes, obedece la fijación
que, de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación, de
las correspondientes al nivel de Educación Infantil, se lleva a
cabo en este real decreto.
La preocupación por la infancia como
reto de las sociedades democráticas, el respeto a los derechos
de los niños, la necesidad de crear condiciones educativas de calidad
basadas en el esfuerzo, la importancia de una preparación inicial
y permanente del profesorado fundamentada en la práctica, la investigación
y la innovación educativa de dicho profesorado y las experiencias
de los países de la Unión Europea son ejes dinamizadores
de la Educación Infantil.
La Educación Infantil será
individualizada y personalizada para ajustarse al ritmo de crecimiento,
desarrollo y aprendizaje de cada niño, y asimismo favorecerá
la transmisión y desarrollo de los valores para la vida y la convivencia
desde los primeros años escolares. Los alumnos con necesidades
educativas especiales, transitorias o permanentes, necesitan un diagnóstico
y una educación especializada temprana, y se les atenderá
en este nivel por medio de una respuesta educativa apropiada y adaptada
de carácter preventivo y compensador.
Este modelo educativo responderá
a las necesidades y características físicas, cognitivas,
estéticas, afectivas y sociales del niño de tres a seis
años por medio de actividades y experiencias, aplicadas en un ambiente
de afecto y de confianza, y el juego como uno de los principales recursos
educativos.
En este nivel se procurará que el
niño aprenda a hacer uso del lenguaje y se inicie en el aprendizaje
de la lectura y la escritura, y comprenderá el desarrollo de actividades
lingüísticas y el inicio de la plena comprensión de
lo significado.
A partir de los tres años el niño
dispone de la capacidad de poder operar con múltiples representaciones,
por lo que ya se puede empezar a preparar la conciencia de la relación
del lenguaje oral con la representación gráfica por medio
de pictogramas, en un contexto integrado de actividades comunicativas.
A los cuatro años, debe ser capaz
de reconocer palabras muy significativas de su entorno, y será
posible favorecer su habilidad lectora. De forma progresiva aparece en
el niño el interés por reconocer las letras como componentes
de las palabras, que debe ser el punto de partida en el proceso de la
lectura y de la escritura.
Para poder acometer la lengua escrita con
éxito, será preciso estimular el desarrollo del lenguaje
oral, entrenando a los alumnos a producir sonidos, sílabas y palabras
con soltura.
El aprendizaje de la lengua escrita debe
permitir que los niños comiencen a descubrir las posibilidades
que ofrece la lectura y también la escritura, como fuente de placer,
fantasía, comunicación e información.
Para favorecer el proceso de enseñanza-aprendizaje
se tendrá en cuenta la necesidad del niño de un clima afectivo
que le ofrezca seguridad y estimule el descubrimiento de sí mismo
y de su entorno. La exploración y la curiosidad espontáneas
deberán desarrollarse a través de actividades que conduzcan
a la adquisición de las bases del conocimiento, a la capacidad
de expresión y sensibilización estética y a la adquisición
de hábitos de conducta social y de cuidado de sí mismo.
Los centros escolares cooperarán
estrechamente con las familias en la educación de sus hijos.
Para asegurar el tránsito adecuado
entre los niveles de Educación Infantil y Educación Primaria,
será necesario llegar a criterios de actuación conjunta
mediante la práctica sistemática de la coordinación.
En el proceso de elaboración de este
real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y han
emitido informe el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Administraciones
Públicas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra
de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el Consejo de Estado
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 27 de junio de 2003,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Principios generales.
1. El nivel de Educación
Infantil, que tiene carácter voluntario y gratuito, estará
constituido por un ciclo de tres años académicos, que se
cursará desde los tres a los seis años de edad. Será
impartida por maestros con la especialidad correspondiente.
2. Las Administraciones educativas garantizarán
la existencia de puestos escolares gratuitos en centros públicos
y en centros privados concertados para atender la demanda de las familias.
3. Las Administraciones educativas promoverán
la escolarización en este nivel educativo de los alumnos con necesidades
educativas especiales.
Artículo 2. Finalidad.
La finalidad de la Educación
Infantil es el desarrollo físico, intelectual, afectivo, social
y moral de los niños.
Artículo 3. Objetivos.
1. De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre,
de Calidad de la Educación, la Educación Infantil contribuirá
a desarrollar en los niños las siguientes capacidades:
a) Conocer su propio cuerpo
y sus posibilidades de acción.
b) Observar y explorar su entorno familiar,
social y natural.
c) Adquirir una progresiva autonomía
en sus actividades habituales.
d) Relacionarse con los demás y aprender
las pautas elementales de la convivencia.
e) Desarrollar sus habilidades comunicativas
orales e iniciarse en el aprendizaje de la lectura y la escritura.
f) Iniciarse en las habilidades numéricas
básicas.
2. Además, las Administraciones
educativas promoverán, en los aprendizajes de la Educación
Infantil, la incorporación de una lengua extranjera, especialmente
en el último año del nivel, y fomentarán experiencias
de iniciación temprana en las tecnologías de la información
y de las comunicaciones.
Artículo 4. Áreas.
1. Los contenidos educativos
de la Educación Infantil se organizarán de acuerdo con las
siguientes áreas:
a) El conocimiento y control
de su propio cuerpo y la autonomía personal.
b) La convivencia con los demás y
el descubrimiento del entorno.
c) El desarrollo del lenguaje y de las habilidades
comunicativas.
d) La representación numérica.
e) La expresión artística
y la creatividad.
2. Los contenidos que se
propongan en cada área se trasmitirán por medio de actividades
globalizadas que tengan interés y significado para el niño.
Artículo 5. Elementos básicos del currículo.
Las enseñanzas comunes,
que constituyen los elementos básicos del currículo en lo
que se refiere a objetivos, contenidos y criterios de evaluación,
son las que se especifican en el anexo de este real decreto.
Artículo 6. Currículo de las Administraciones
educativas.
Las Administraciones educativas
establecerán el currículo de la Educación Infantil,
que incluirá, en sus propios términos, las enseñanzas
comunes contenidas en este real decreto.
Artículo 7. Evaluación.
1. En la Educación
Infantil, la evaluación será global, continua y formativa.
La observación directa y sistemática constituirá
la técnica principal del proceso de evaluación.
2. Los maestros que impartan Educación
Infantil evaluarán el proceso de enseñanza, su propia práctica
educativa y el desarrollo de capacidades por parte de los niños
de acuerdo con los objetivos y los conocimientos adquiridos en dicho nivel.
Artículo 8. Autonomía pedagógica
de los centros.
1. Los centros docentes
desarrollarán el currículo establecido por las Administraciones
educativas mediante las programaciones didácticas, en las que se
tendrán en cuenta las necesidades y las características
de los alumnos de este nivel educativo. En estas programaciones se respetarán
los ritmos de juego, trabajo y descanso de los niños.
2. Las Administraciones educativas promoverán
la autonomía de los centros y estimularán el trabajo en
equipo de los maestros
3. Los equipos de maestros de los centros
docentes públicos tendrán autonomía para elegir,
los libros de texto y demás materiales didácticos que hayan
de usarse en este nivel educativo, siempre que se adapten al currículo
normativamente establecido.
4. Para poder desarrollar al máximo
las capacidades, formación y oportunidades de todos los alumnos,
los centros docentes podrán ampliar el currículo, horario
escolar y días lectivos, respetando, en todo caso, el currículo
y calendario escolar establecidos por las Administraciones educativas.
Artículo 9. Atención educativa para
los alumnos con necesidades educativas específicas.
Las Administraciones educativas
promoverán que los centros educativos lleven a cabo medidas de
apoyo y de atención educativa dirigidas a los alumnos con necesidades
educativas específicas.
Artículo 10. Calendario escolar.
El calendario escolar,
que fijarán las Administraciones educativas para este nivel, comprenderá
un mínimo de 175 días lectivos. En ningún caso, el
inicio del curso escolar se producirá antes del 1 de septiembre
ni el final de las actividades lectivas después del 30 de junio
de cada año académico.
Disposición adicional primera. Enseñanzas
de religión.
En virtud de lo establecido
en el Acuerdo sobre enseñanza y asuntos culturales suscrito entre
la Santa Sede y el Estado español y, en su caso, con lo dispuesto
en aquellos otros suscritos, o que pudieran suscribirse, con otras confesiones
religiosas, el currículo de la Educación Infantil incluirá
enseñanzas de religión para los alumnos cuyos padres lo
soliciten.
Disposición adicional segunda. Incorporación
de los alumnos.
1. Los alumnos podrán
incorporarse al primer curso de la Educación Infantil en el año
natural en el que cumplan tres años, y podrán permanecer
escolarizados en este nivel educativo hasta los seis años.
2. En el caso de los alumnos con necesidades
educativas específicas, excepcionalmente podrá autorizarse
la flexibilización de esta norma.
Disposición derogatoria única. Derogación
normativa.
1. En el momento en que
se implante la nueva ordenación de la Educación Infantil
establecida en este real decreto, de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario
de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo,
quedará sin efecto el contenido del Real Decreto 1330/1991, de
6 de septiembre, por el que se establecen los aspectos básicos
del currículo de la Educación Infantil, en lo referente
a lo regulado para el segundo ciclo de dicho nivel.
2. Quedan derogadas las demás normas de
igual o inferior rango en cuanto se opongan a lo establecido en este real
decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto, que
se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.a y 30.a
de la Constitución española, la disposición adicional
primera, apartado dos, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación, y en virtud de la habilitación
que confiere al Gobierno la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre,
de Calidad de la Educación, en su a r -tículo 8.2, tiene
carácter de norma básica.
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Corresponde al Ministro
de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de lo que dispongan
las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias,
dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución
de lo dispuesto en este real decreto.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
Dado en Madrid, a 27 de
junio de 2003.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,
PILAR DEL CASTILLO VERA
ANEXO
Educación Infantil
Objetivos
La finalidad de la Educación
Infantil es el desarrollo físico, intelectual, afectivo, social
y moral de los niños.
La Educación Infantil contribuirá
a desarrollar en los niños las capacidades de:
1. Conocer su propio cuerpo
y sus posibilidades de acción.
2. Adquirir una progresiva autonomía
en sus actividades habituales.
3. Relacionarse con los demás y aprender
las pautas elementales de convivencia.
4. Observar y explorar su entorno familiar,
social y natural.
5. Desarrollar sus habilidades comunicativas
orales e iniciarse en el aprendizaje de la lectura y la escritura.
6. Iniciarse en las habilidades numéricas
básicas.
ÁREAS CURRICULARES
Las áreas curriculares
corresponden a los ámbitos propios de la experiencia y el desarrollo
infantil. Se desarrollarán por medio de actividades globalizadas
que tengan interés y significado para el niño.
Los contenidos educativos se distribuyen
en las correspondientes áreas relacionadas con los diferentes ámbitos
de conocimiento y experiencias:
1. El conocimiento y control
de su propio cuerpo. La autonomía personal.
2. El descubrimiento del entorno y la convivencia
con los demás.
3. Desarrollo del lenguaje y de las habilidades
comunicativas.
4. Representación numérica.
5. La expresión artística
y la creatividad.
Los contenidos se desarrollan
en los siguientes bloques:
1. El conocimiento y control de su propio cuerpo.
La autonomía personal.
1.1 El cuerpo.
a) El cuerpo humano: características
diferenciales del cuerpo.
b) Sensaciones y percepciones del propio
cuerpo. Las necesidades básicas del cuerpo. Los sentidos y sus
funciones.
c) Descubrimiento y progresivo afianzamiento
de la lateralidad y del esquema corporal.
d) Confianza en las posibilidades y capacidades
propias para realizar las tareas.
e) Cuidado de las dependencias del centro
y de su entorno, para poder realizar las actividades en espacios limpios
y ordenados.
1.2 El juego y el movimiento.
a) Conciencia de las posibilidades y las
limitaciones motrices del cuerpo.
b) Coordinación y control de las
habilidades motrices de carácter fino.
c) Desarrollo del juego protagonizado, como
medio para conocer la realidad.
d) Nociones básicas de orientación
en el espacio y en el tiempo.
e) Aceptación de las normas implícitas
que rigen los juegos de representación de papeles.
f) Actitud de ayuda y colaboración
con los compañeros en los juegos y en la vida cotidiana.
1.3 La autonomía personal.
a) La salud y el cuidado de uno mismo.
b) La higiene personal.
c) Acciones que favorecen la salud: la alimentación
y el descanso.
d) La enfermedad: prevenir accidentes y
evitar situaciones peligrosas.
2. Descubrimiento del entorno
y la convivencia con los demás.
2.1 El mundo de los seres vivos.
a) Características generales de los
seres vivos: semejanzas y diferencias.
b) Reconocimiento sencillo de animales y
plantas.
c) Cambios que se producen en animales y
plantas en el curso de su desarrollo.
d) Productos elaborados a partir de materias
primas procedentes de plantas y animales.
e) Curiosidad, cuidado y respeto hacia los
animales y plantas como primeras actitudes para la conservación
del medio natural.
2.2 El mundo de la materia.
a) Diferentes tipos de objetos naturales y elaborados
presentes en el entorno.
b) Atributos físicos y sensoriales
de los objetos: color, tamaño, sabor, sonido, plasticidad, dureza.
c) Clasificación elemental de los
objetos en función de sus características y de su utilización.
d) Respeto y cuidado de los objetos de uso
individual y colectivo.
2.3 Convivencia con los demás.
a) Los primeros grupos sociales: la familia
y la escuela.
b) La familia, sus miembros, relaciones
de parentesco, funciones y ocupaciones. Lugar que ocupa entre ellos.
c) La escuela. Los miembros de la escuela:
los niños y los adultos. Funciones y ocupaciones. La clase: distribución
y empleo de los espacios. Objetos y mobiliario.
d) Valoración y respeto de las normas
que rigen la convivencia en los grupos sociales a los que pertenece el
niño.
e) La vivienda: dependencias y funciones.
Tareas cotidianas del hogar.
2.4 La vida en sociedad.
a) El entorno próximo al niño:
la calle, el barrio, el pueblo y la ciudad.
b) Formas de organización humana
según su ubicación en los distintos paisajes: rural y urbano.
c) La actividad humana en el medio: funciones,
tareas y oficios habituales.
d) Los servicios relacionados con el consumo.
3. El desarrollo del lenguaje
y de las habilidades comunicativas.
3.1 Lenguaje oral.
a) El lenguaje como medio de comunicación.
Diferentes necesidades en la comunicación. Discriminación
auditiva, entonación y pronunciación.
b) Las formas socialmente establecidas para
iniciar, mantener y terminar una conversación.
c) Comprensión de cuentos, narraciones
ymensajes orales.
d) Expresión de mensajes referidos
a necesidades, emociones y deseos. Cuentos, refranes, canciones, adivinanzas,
de forma individual y en grupo.
e) Iniciativa e interés por participar
en la comunicación oral, respetando las normas sociales establecidas
que regulan el intercambio lingüístico.
3.2 Lenguaje escrito.
a) La lengua escrita como medio de comunicación,
información y disfrute.
b) Los recursos de la lengua escrita: pictogramas,
rótulos, láminas, periódicos, revistas y libros.
c) Interpretación de imágenes,
carteles, fotografías.
d) Desarrollo perceptivo-motriz: Orientación
espacio-temporal, esquema corporal, discriminación de figuras,
memoria visual. Direccionalidad, linealidad, orientación izquierda-derecha,
distribución y posición al escribir.
e) Relaciones entre el lenguaje oral y escrito:
Correspondencia fonema-grafía. Identificación de letras.
Estructura fonémica del habla, segmentación en: palabras,
sílabas y fonemas. Representación gráfica de los
fonemas.
f) Comprensión de palabras y textos
escritos a partir de experiencias próximas al alumno.
g) Lectura de palabras y textos en voz alta
con pronunciación, ritmo y entonación adecuados.
h) Utilización de recursos y fuentes
de información escrita (folletos, cuentos, cómic, biblioteca
del aula, etc).
i) Producción de palabras y frases
sencillas.
4. La representación
numérica.
a) Propiedades de los objetos: forma y tamaño.
b) Expresión de la cuantificación.
c) Los primeros números ordinales.
d) La serie numérica: los nueve primeros
números. Su representación gráfica.
e) Iniciación al cálculo con
las operaciones de unir y separar por medio de la manipulación
de objetos.
f) Nociones básicas de medida. Unidades
de medida naturales. Medidas temporales. Instrumento de medida del tiempo:
el reloj.
g) Formas planas: círculo, cuadrado, rectángulo,
triángulo. Cuerpos geométricos: esfera, cubo.
h) Nociones básicas de orientación
y situación en el espacio.
5. La expresión
artística y la creatividad.
5.1 Expresión plástica.
a) La expresión plástica como
medio de comunicación y representación.
b) Materiales y útiles para la expresión
plástica.
c) Las técnicas básicas de
la expresión plástica. Utilización de estas técnicas
para favorecer la creatividad.
d) Gama de colores primarios y su mezcla.
e) Interés y respeto por las elaboraciones
plásticas propias y de los demás.
5.2 Expresión musical.
a) Ruido, silencio y música.
b) Las propiedades sonoras de la voz, de
los objetos de uso cotidiano y de los instrumentos musicales.
c) Discriminación de sonidos y ruidos
de la vida diaria: ambulancias, trenes, coches, timbres, animales...
d) Cualidades del sonido: intensidad y ritmo.
e) Canciones populares infantiles, danzas,
bailes y audiciones.
f) Interés e iniciativa para participar
en representaciones.
5.3 Expresión corporal.
a) Posibilidades del cuerpo para expresar
y comunicar sentimientos y emociones.
b) El cuerpo: actividad, movimiento, respiración,
equilibrio y relajación.
c) Nociones de direccionalidad con el propio
cuerpo.
d) Desplazamientos por el espacio con movimientos
diversos.
e) Interés e iniciativa para participar
en representaciones.
Criterios de evaluación
La evaluación tendrá
en cuenta el desarrollo de las capacidades y el logro de los objetivos
marcados en el currículo. Al final de la Educación Infantil
los alumnos deben ser capaces de:
1. Identificar las partes
del propio cuerpo, en el de otro niño y en un dibujo.
2. Distinguir los sentidos e identificar
sensaciones a través de ellos.
3. Expresar las emociones a través
del cuerpo.
4. Confiar en sus posibilidades para realizar
las tareas encomendadas.
5. Orientarse en el espacio.
6. Tener interiorizada su lateralidad.
7. Aceptar las reglas del juego.
8. Ser autónomos en su aseo personal.
9. Distinguir a los miembros de su familia,
identificando parentesco, funciones y ocupaciones.
10. Conocer las dependencias del colegio, la
clase, sus miembros y sus funciones.
11. Identificar las dependencias de la casa
y sus funciones.
12. Respetar y cuidar los objetos de su
entorno.
13. Cuidar y respetar los animales y las
plantas.
14. Hablar con una pronunciación
correcta.
15. Discriminar auditivamente palabras,
sílabas y fonemas.
16. Participar mediante comunicación
oral (conversaciones, cuentos, canciones, adivinanzas, poesías...).
17. Memorizar pequeños relatos.
18. Interpretar imágenes, carteles,
fotografías, pictogramas y cuentos.
19. Reconocer las grafías dentro
de las palabras.
20. Leer e identificar letras, palabras
y frases sencillas.
21. Representar gráficamente lo que
lee.
22. Aprender a contar de forma correcta.
23. Identificar los nueve primeros números
y su representación gráfica.
24. Conocer los primeros números
ordinales.
25. Realizar las grafías de los números
sencillos.
26. Clasificar elementos atendiendo a sus
propiedades.
27. Resolver problemas sencillos que impliquen
operaciones básicas.
28. Identificar las formas geométricas
más elementales: círculo, cuadrado, triángulo y rectángulo.
29. Identificar los colores primarios y
su mezcla.
30. Tener interés y respeto por sus
elaboraciones plásticas y por las de los demás.
31. Conocer las propiedades sonoras del
propio cuerpo, de los objetos y de los instrumentos musicales.
32. Memorizar las canciones aprendidas.
33. Expresar sentimientos y emociones con
el cuerpo.
34. Desplazarse por el espacio con distintos
movimientos.
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